13. Suministro de datos personales como requisito legal o contractual
13. Suministro de datos personales como requisito legal o contractual; Requisito necesario para celebrar un contrato; Obligación del interesado de proporcionar los datos personales; posibles consecuencias de no proporcionar dichos datos
Aclaramos que la provisión de datos personales es parcialmente requerida por ley (p. ej., regulaciones fiscales) o también puede resultar de disposiciones contractuales (p. ej., información sobre la parte contratante). En ocasiones, puede ser obligatorio para la celebración de un contrato que el interesado nos proporcione datos personales, que posteriormente deben ser procesados por nosotros. El sujeto de datos está, por ejemplo, obligado a proporcionarnos datos personales cuando nuestra empresa firma un contrato con el sujeto. El no suministro de datos personales tendría como consecuencia que no se pudiera celebrar el contrato con el interesado. Antes de que el sujeto de datos proporcione datos personales, el sujeto de datos debe comunicarse con nuestro Oficial de Protección de Datos. Nuestro responsable de protección de datos aclara al interesado si el suministro de los datos personales es obligatorio por ley o por contrato o si es obligatorio para la celebración del contrato, si existe la obligación de proporcionar los datos personales y las consecuencias de no proporcionarlos.